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Restituyen derechos a niña wixárika

La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA) del estado de Jalisco ha emitido y ejercido el Plan de Restitución de Derechos en favor de una menor de edad, originaria del municipio de Mezquitic y perteneciente a la comunidad Wixárika. Esta acción se lleva a cabo después de que a la joven se le practicara la Interrupción Legal del Embarazo de acuerdo a la NOM 046, debido a que fue víctima de abuso sexual.

Como resultado de un exhaustivo trabajo de diagnóstico y derivado de la atención interinstitucional y el acompañamiento permanente de la Procuraduría de Protección a la Niñez, se han establecido una serie de acciones para restituir de manera integral los derechos vulnerados y/o restringidos de la menor.

La PPNNA, a través de la Dirección de Protección y Restitución, ha designado un equipo interdisciplinario para dar seguimiento al cumplimiento del Plan de Restitución de Derechos vulnerados. Esto se realiza de acuerdo a lo establecido en la legislación, tanto a nivel federal como estatal, para garantizar los siguientes derechos:

  1. Derecho a la vida, la supervivencia, el desarrollo y el máximo bienestar integral posible.
  2. Derecho a la prioridad.
  3. Derecho a desarrollarse en un ambiente familiar sano y a la unidad familiar.
  4. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal.
  5. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral.
  6. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social.
  7. Derecho a la educación.
  8. Derecho al juego, descanso y esparcimiento.
  9. Derecho a la crianza, y a recibir buen trato y consideración por parte de sus tutores.
  10. Derecho a la protección y la asistencia social cuando se encuentren en condiciones de vulnerabilidad.
  11. Derecho a la intimidad.
  12. Derecho a la privacidad de sus datos personales en actuaciones administrativas y jurisdiccionales.

Este Plan de Restitución busca asegurar y garantizar sin interrupción los derechos de la menor, considerando que el ejercicio y la ejecución de las acciones no deben limitar su desarrollo integral. En caso de detectar algún riesgo u omisión de las medidas determinadas y/o advertir nuevas vulneraciones de derechos, el equipo interdisciplinario notificará de inmediato a la autoridad competente para que se ejecuten las acciones pertinentes en apego al interés superior de la niñez.

Acerca Redacción

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