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NOM-035 Y LAS ESCUELAS PARTICULARES

Sí están obligados, sí hay multas… y sí hay beneficios

César Orozco

Se cumplió la fecha y entra en vigencia la Nom-035. Dueños y directores de colegios particulares se preguntan: ¿es obligatoria? ¿Cómo aplicarla? ¿Me van a demandar mis trabajadores? La correcta aplicación de la norma trae beneficios a los colegios, especialmente en tiempo de pandemia, en el que el confinamiento y los constantes cambios en la dinámica del trabajo exigen que los docentes y administrativos se adapten rápidamente y con resiliencia a cambios drásticos. Es más costoso para un colegio no aplicar la norma, pues el personal humano es el bien más importante para una escuela, además de las fuertes multas que contempla la Ley Federal del Trabajo.

SIN EVIDENCIA NO HAY CUMPLIMIENTO
Los colegios particulares cumplen con muchos aspectos de la norma, pero no tienen evidencia de ello. En algunos casos sí hay prácticas de riesgo psicosocial y esto pone en riesgo a la empresa, tanto en la atención al cliente como en el estado emocional de los trabajadores. Es urgente identificar las situaciones de riesgo y trabajar por un ambiente sano, en beneficio de los trabajadores, de los directivos y principalmente de los clientes.

MEJOR ESTAR INFORMADOS
La norma aplica sólo para empleadores, se aprobó el 23 de octubre de 2019; y entra en vigencia y vigilancia a partir del 23 de octubre de 2020. Esta medida permitirá identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, así como evaluar el entorno organizacional en los centros de trabajo.

QUÉ ES MÁS CARO
La norma tiene el enfoque de “prevención”, y así lo han publicado los secretarios del Trabajo en diferentes estados del país; sin embargo, consideran multas que van desde 4 mil 225 pesos hasta 422 mil 450 pesos. Como ya lo mencionamos, es más costoso no aplicar la norma. La vigencia de la norma, y las posibles revisiones, iniciaron a partir del 23 de octubre del 2020, y aplica a todos los centros de trabajo del país, incluidos los colegios particulares.

A QUIÉN APLICA
La obligación en el cumplimiento de la norma es conforme a la cantidad de trabajadores de cada centro de trabajo. En el caso de menos de 15 empleados, el enfoque es principalmente de prevención. En empresas de entre 16 y 50 trabajadores se exige la identificación de riesgos; y en centros de trabajo de más de 50 empleados se debe comprobar la aplicación del plan de prevención e intervención entre los trabajadores.

INICIE SU PLAN
La normativa de prevención de riesgos psicosociales permitirá generar ambientes de trabajo sanos y productivos, mismos que se reflejarán en la fuerza de cada centro de trabajo. Es momento de cambiar y adaptarnos a las exigencias de los nuevos tiempos, especialmente en el contexto de la pandemia por Covid-19. Las escuelas son el mejor lugar para cambiar y mejorar los hábitos.

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    cesar@inesdelacruz.edu.mx
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