La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), ha emitido un comunicado importante en relación con los servicios de transporte de pasajeros que operan desde y hacia los aeropuertos del país. La dependencia federal reitera que los servicios ofrecidos por empresas de aplicación (como Uber) carecen de la autorización y el permiso expedido por la propia Secretaría para llevar a cabo estas actividades de transportación.
Operativos de la Guardia Nacional y Amparo de Uber
La falta de permisos federales para estas plataformas ha sido la causa de operativos realizados por la Guardia Nacional en las instalaciones aeroportuarias de todo México. Como consecuencia de estas acciones, la empresa Uber promovió un recurso legal de amparo.
Al respecto, el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó una suspensión a favor de la empresa. Sin embargo, es crucial entender el alcance de esta suspensión.
La resolución judicial no implica en ningún momento una autorización para que las empresas de aplicación presten los servicios de transporte de pasajeros en aeropuertos. El único efecto de la suspensión es establecer que los operativos de la Guardia Nacional deben realizarse con apego estricto a la normatividad vigente. Esto significa que las acciones de vigilancia y control deben ejecutarse conforme a lo establecido en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento correspondiente, evitando que estos operativos sean arbitrarios y discriminatorios.
En resumen, la suspensión judicial ordena a la Guardia Nacional actuar dentro del marco legal, pero no otorga el permiso de operación federal que la SICT exige para estos servicios.
Opciones Legales para los Usuarios
Ante esta situación, la SICT y la DGAF informan a los usuarios que pueden continuar utilizando sin problema los servicios de transporte que sí cuentan con la debida autorización federal para operar en las zonas aeroportuarias.
Los servicios de transporte de pasajeros que están legalmente autorizados para operar son:
- Servicios de taxis de aeropuerto autorizados.
- Servicios turísticos con los permisos correspondientes.
- Autobuses autorizados que se dirigen hacia puntos específicos.
La Secretaría enfatiza que solo estos servicios han cumplido con los requisitos y la normativa para garantizar un traslado seguro y regulado desde y hacia los aeropuertos.
La comunicación de la SICT tiene como objetivo informar a la ciudadanía y a las empresas sobre el marco legal que rige el autotransporte federal en aeropuertos, dejando claro que, hasta el momento, las empresas de aplicación que prestan servicios de pasaje siguen sin contar con la autorización federal requerida, a pesar de la suspensión otorgada respecto a la forma en que se deben llevar a cabo los operativos de la Guardia Nacional.