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Luego de varios rounds históricos, a principios del mes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le propinó nocaut a la penalización del aborto en México, lo que de inmediato desató reacciones sociales a favor y en contra de dicha determinación.

ABORTO SÍ, ABORTO NO…

Por Héctor Manuel Ramos Preciado

Luego de varios rounds históricos, a principios del mes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le propinó nocaut a la penalización del aborto en México, lo que de inmediato desató reacciones sociales a favor y en contra de dicha determinación.

Por unanimidad de votos (10 ministros) el máximo tribunal del país sentó Jurisprudencia al declarar que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.

La resolución de la SCJN obliga a todas y todos los jueces de México; tanto federales como locales, quienes partir del 7 de septiembre de 2021 al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que sólo prevean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias.

En síntesis: A ninguna mujer se le podrá castigar penalmente en todo México si decide interrumpir voluntariamente el embarazo (IVE), independientemente de las razones y/o circunstancias que tenga para hacerlo.

Con esta decisión México se suma a Estados Unidos, Canadá, Uruguay, Cuba, Guayana, Guayana Francesa y Argentina como los países del continente americano cuya legislación posibilita el aborto legal libre.

Tan polémico como hablar de deporte, política y religión resulta el tema del aborto. Esto se debe a que en el confluyen y colisionan derechos, creencias y convicciones religiosas, políticas y jurídicas.

Muy respetable es y será la opinión de cada quien sobre el tema y las posturas no tienen por qué generar enfrentamientos personales, mucho menos sociales.

Desde el punto de vista jurídico y a la luz de los Derechos Humanos (DDHH), la decisión de la SCJN constituye un gran avance en los derechos fundamentales de las mujeres (los DDHH son progresivos), especialmente de las más vulnerables, porque basta decir que en México cada año abortan clandestinamente alrededor de un millón de mujeres y de ellas, un tercio sufre complicaciones médicas por las condiciones inadecuadas en que se practica, llegando miles de mujeres a perder la vida cada año a causa de los abortos clandestinos.

Estos números son suficientes y contundentes para reconocer que con despenalización o sin ella, tantas mujeres abortan cada año, no tienen por qué poner en riesgo su salud y su vida ante el temor de que el estado las castigue.

La otra cara de la moneda siempre fue que las mujeres con capacidad económica que optaban por el aborto, lo hacían de manera segura y encubierta en clínicas particulares atendidas por especialistas, con mínimo riesgo para su salud y su vida y por su puesto “impunemente”.

Para rematar el tema y no dejar dudas, el 20 de septiembre de 2021 la SCJN invalidó también el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que establece como derecho a la objeción de conciencia del personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud y que les permite excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta Ley (como el aborto clínico), lo cual significa que el ejercicio de la objeción de conciencia no debe violar derechos humanos de otras personas, debe estar sujeta a estándares y aplica tanto a instituciones públicas como privadas.

Queda pues, garantizado en México el derecho humano de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo, consecuentemente aquellas mujeres que hayan sido sentenciadas por este delito deben de obtener su inmediata libertad y los juicios que estén en proceso por la misma causa deben extinguirse (sobreseerse).

Finalmente (sin animó premonitorio) la hipótesis de que la decisión de la Corte es la correcta, esta quedará confirmada al demostrarse estadísticamente que en los próximos años que la tendencia de natalidad en nuestro país no disminuirá, pero en cambio, si se salvarán muchas vidas de mujeres cada año. El tiempo dará la razón.

Dicho todo lo anterior, es necesario reconocer que usted amable lector o lectora es libre de asumirse a favor o en contra del aborto y eso lo debemos respetar ciudadanos y gobierno, como también son libres las mujeres en su derecho a decidir sobre su cuerpo y a no poner en riesgo su salud por causas de un aborto clandestino y esto último, no afecta en nada a quienes estén en contra.

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