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Juez “Porky” Suspendido

AGENCIAS/VERACRUZ

El pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) determinó suspender al juez Anuar González, cuyo amparo en favor de  Diego Cruz Alonso, uno de Los Porkys de Costa de Oro”, causó polémica a nivel internacional, e inició un procedimiento de investigación administrativa, en relación con su actuación como juzgador.

De acuerdo con información del propio CJF, la suspensión decretada es por el tiempo necesario para realizar las indagatorias correspondientes, las cuales incluirán una visita extraordinaria al órgano jurisdiccional para recabar mayores detalles sobre el trabajo de González Hemadi.

También los consejeros de la Judicatura puntualizaron que la resolución dictada en el amparo 159/2017 aún puede ser sujeta de revisión por un Tribunal Colegiado de Circuito, y no implica la libertad del solicitante de amparo.

Incluso se explicó, a través de un boletín de prensa, que la decisión del pleno del Consejo, encabezado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Luis María Aguilar, no prejuzga sobre la responsabilidad del juez Anuar González.

Esto viene luego de una indignación internacional que ocasionó el juzgador con el absurdo argumento que plasmó en su resolución y donde contrasta lo que narró la joven afectada sobre Diego le “tocó los senos y le metían sus manos debajo de la falda” y el argumento que dio el juez: “no se encuentra demostrado fehacientemente el abuso sexual, pues pese a que el inculpado realizó un tocamiento en la menor, no existe elemento que acredite que tuviera la intención de llegar a la cópula”.

 

SE DA POR OFENDIDO

El juez determinó que no se acreditaron los elementos del delito de pederastia, pues no se cumplieron los elementos de agravio a la integridad moral, actos privados y aprovechamiento de la indefensión de la víctima considerados en la definición que el Código Penal de Veracruz, hace del delito.

El juez Anuar González alegó que en las últimas horas ha sido víctima de ataques en medios de comunicación y redes sociales, por lo que se excusó de conocer del amparo de otro de los inculpados en este caso. En un acuerdo publicado este miércoles el juzgador indicó que derivado de la sentencia que dictó en el asunto de Diego Cruz busca no conocer del amparo 272/2017 promovido por Enrique Capitaine contra el auto de formal prisión dictado en su contra por presunta pederastia contra la joven Daphne.

“A partir del dictado de la sentencia en el juicio de amparo 159/2017 del índice de este Juzgado, seguido en contra de un coinculpado del ahora quejoso, Enrique Capitaine, y a partir de la publicación esta semana de la nota periodística de la misma, se ha venido en contra de mi función diversos ataques por parte de los medios masivos de comunicación, sobre todo en redes sociales, donde se ha hecho alusión a mi persona con el sobre nombre del juezporky, señala el documento.

El impartidor de justicia indicó que “diversos medios de comunicación y en redes sociales, han hecho una exposición masiva no sólo de mi persona sino también hacia mi esposa e hijas, lo cual va más allá de lo estrictamente profesional en mi función de juzgador federal”.

Expuso que su determinación se fundamenta en la protección del interés superior de sus menores hijas a efecto de no ser sometidas a una mayor exposición social sobre la función que desempeña, sobre las cuales ya se han hecho diversos comentarios relacionados precisamente con la sentencia emitida en el juicio 159/2017. “Dadas las situaciones manifiesto que la imparcialidad y objetividad del suscrito no se encuentra garantizada desde este momento para las partes.”

Organizaciones de la sociedad civil, que integran la Red de Mujeres Feministas del Estado de Veracruz, así como la Red Veracruzana por el derecho a decidir, exigieron una revisión del amparo otorgado por el juez ya que consideraron que en el marco de la Alerta de Violencia de Género para la entidad, el dictamen envía un mensaje de impunidad y vulneración de los derechos y la vida de las mujeres.

Organizaciones civiles acusaron que el juez González Hemadi no tomó la decisión desde una perspectiva de género, tal como se establece en la tesis jurisprudencial 22/2016 emitida por la Primera Sala y publicada en abril de 2016.

El juzgador dio preferencia a la presunción de inocencia por encima del principio de igualdad, enfoque diferenciado y especializado y de buena fe, previsto en el artículo 5 de la Ley General de Víctimas.

Indicaron que tampoco consideró criterios internacionales y nacionales respecto a la violencia sexual y justificó con una tesis jurisprudencial del año 2006 que fue vigente hasta la reforma de derechos humanos y el reconocimiento de la violencia hacia las mujeres a partir de tratados internacionales.

De redes sociales se desprende que una hermana del juzgador es muy amiga de una tía del joven beneficiado con el amparo.

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