ANTONIO VALLADARES
Con todo y que el Consejo de la Judicatura decidió suspender e investigar al Juez de lo Penal en Zapotlán el Grande, Efraín López Ramírez, las órdenes de aprehensión que éste giró contra Angélica Fuentes Téllez, Sergio Palacios López y Ramón García Hernández, por el delito de administración fraudolenta en agravio del patrimonio de OMNILIFE DE MÉXICO S.A. DE C.V., son legales y están conforme a derecho, sostuvieron el doctor en derecho Víctor Manuel Peña Briseño y Jorge Ochoa Valdéz, asesores jurídicos del empresario jalisciense Jorge Vergara Madrigal.
Esto es parte de lo que en forma exclusiva dijeron a Minervamultimedios.com en torno a los hechos:
De manera tendenciosa, los representantes de la Sra. Angélica Fuentes Téllez han pretendido desinformar a la opinión pública en el sentido de que dicha Orden de Aprehensión obedece a actos de corrupción de la parte ofendida, que la misma es ilegal porque no corresponde al nuevo sistema penal acusatorio mismo que se encuentra actualmente vigente en el Distrito 6 al que corresponde el Juzgado mencionado; que la denuncia penal de los hechos delictuosos corresponden a un “acto desesperado” en virtud de los “triunfos” que ha obtenido la Sra. Fuentes en Tribunales y, más grave aún, que por la separación del Juez ha dejado de surtir efectos la orden de aprehensión.
NADA MAS APARTADO DE LA VERDAD.
En primer término dejamos constancia de la honorabilidad y buena fe de la institución responsable de la Procuración de Justicia y de los Órganos Judiciales del Estado, quienes en ningún momento se han prestado ni se prestarían a actos de corrupción. La Orden de Aprehensión obedece a que se han acreditado los elementos del cuerpo del delito y la probable responsabilidad de los inculpados, así lo determinó el Juez.
Es falso que sea ilegal la Orden de Aprehensión por no haberse tramitado bajo el nuevo sistema de Justicia Penal, toda vez que los hechos denunciados y por los que se libró la Orden de aprehensión son anteriores a la entrada en vigor del Sistema Acusatorio Adversarial, según se advierte de la declaratoria de incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en Jalisco por lo que se actuó correcta y legalmente en base al sistema tradicional.
CONFIAMOS EN QUE EL H. CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO; SU IMPARCIALIDAD, OBJETIVIDAD Y ESTRICTO APEGO A DERECHO.
También es falso que la denuncia de hechos delictuosos hubiese obedecido a un acto desesperado de la empresa afectada, toda vez que no obstante los actos tildados de ilegales cometidos en su contra bajo la administración de la Sra. Angélica Fuentes, OMNILIFE continúa trabajando con normalidad garantizando el empleo de más de 3 mil 500 empleados y 6´000,000.00 seis millones de empresarios, y bajo la administración honesta y eficiente de las personas que actualmente llevan las riendas de la empresa.
Han resultado infructuosos los fallidos intentos de la Sra. Fuentes Téllez por apoderarse de nuevo de la Administración de este grupo empresarial y hasta el momento no existe orden judicial definitiva que le autorice a ostentarse como Directora General ni mucho menos a desempeñar dicho cargo. Aún se encuentran pendientes de resolución los diversos procedimientos judiciales entablados por las partes. No existe ningún “triunfo” del que pueda alardear la Sra. Fuentes Téllez o sus abogados. La ilegalidad de las actuaciones administrativas de la Sra. Angélica Fuentes cuando tuvo la oportunidad de hacerlo, demostrada que sea ante los Tribunales competentes, ratificarán la voluntad ya expresada de la Asamblea de Accionistas de removerla de su cargo y exigirle las responsabilidades civiles y penales que procedan.
Por último, aclaramos que el hecho de que el H. Consejo de la Judicatura hubiese decidido separar al Juez de sus funciones en tanto se aclara su legal actuación conforme a derecho, en nada afecta la validez de la orden de aprehensión que sigue vigente.
Corresponde a las Autoridades competentes aprehender a los denunciados para que respondan por los delitos que se les imputan.
Convocamos a los Abogados de la Sra. Angélica Fuentes a ventilar los litigios en los Tribunales y no utilizar a los medios de comunicación para confundir la verdad histórica de los hechos.
EL ABOGADO VÍCTOR MANUEL PEÑA BRISEÑO