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Pulso Crítico: El Fin de la Batalla de los Sexos

 

HÉCTOR MANUEL RAMOS PRECIADO

Hasta antes del 13 de julio de 2015, una persona radicada de Jalisco podía divorciarse solo por mutuo acuerdo con su cónyuge o por alguna(s) de las 19 causales que contempla el Código Civil de Jalisco.

Las causales para poder divorciarse son: La infidelidad sexual. Tener un hijo fuera de matrimonio. La propuesta de un cónyuge para prostituir a su consorte. La incitación o la violencia hecha por un cónyuge al otro, para cometer algún delito. Los actos inmorales ejecutados por el marido o la mujer con el fin de corromper a los hijos o la tolerancia en su corrupción. Padecer alguna enfermedad crónica o incurable contagiosa o hereditaria. Padecer enajenación psíquica incurable. La separación del hogar conyugal por más de seis meses, sin causa justificada.  La separación del hogar conyugal por más de un año sin el consentimiento del otro consorte. La declaración de ausencia legalmente hecha o la de presunción de muerte. La violencia intrafamiliar (maltrato físico o psicológico) que infiera un cónyuge a otro o contra sus descendientes. La incompatibilidad de caracteres que haga imposible la vida conyugal. La negativa injustificada a dar alimentos al otro cónyuge y a los hijos. La acusación calumniosa hecha por un cónyuge contra el otro, por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión. Haber cometido uno de los cónyuges un delito por el cual tenga que sufrir una pena de prisión mayor de dos años. Los hábitos de juego o de embriaguez o el uso indebido y persistente de drogas enervantes. Cometer un cónyuge contra la otra persona o los bienes del otro, un delito. El mutuo consentimiento y La separación ininterrumpida de los cónyuges por más de dos años, sin causa justificada.

A partir del mes pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitió la Jurisprudencia número 28/2015, en la que se determina que es Inconstitucional el sistema de normas (dígase Código Civil de Jalisco) que condicionan decretar el divorcio a que se compruebe alguna causal.

Dicho de otra manera ya se puede uno divorciar en Jalisco (y en todo México) sin que exista una de las 19 causales antes señaladas, pues basta con que en la demanda se invoque dicha Jurisprudencia, que no es otra cosa que una sentencia emitida por la SCJN que obligatoriamente deben acatar todos los Tribunales del país. Esta acción traerá en cascada la derogación de las causales de divorcio en todos los Códigos Civiles del País.

Las razón que esgrimió la SCJN para emitir esta Jurisprudencia (por contradicción de tesis) es que condicionar el divorcio a que se acredite alguna de las causales resulta Inconstitucional por que restringe injustificadamente el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad, ya que el Estado se extralimita al interferir en la “autonomía de la persona” en su derecho a elegir individual y libremente sus planes de vida y la satisfacción de sus ideales; en consecuencia, debe el Estado impedir la interferencia de otras personas (cónyuge) en esos planes de vida.

Con el nuevo criterio de la SCJN, ahora cualquiera de los cónyuges puede solicitar al Juez Familiar que lo divorcie sin necesidad de expresar motivo alguno, pero se debe plantear en la demanda la necesidad de resolver las cuestiones relacionadas con la disolución del matrimonio, como pudieran ser la guarda y custodia de los hijos, el régimen de convivencias con el padre no custodio, los alimentos o alguna otra cuestión semejante.

Terminará esta Jurisprudencia con la histórica y absurda “batalla de los sexos”, en las que por orgullo, venganza, revanchismo, cuestiones económicas o de cualquier otra índole, uno de los cónyuges neciamente quería seguir atado al otro; a veces con argumentos tan irracionales como “no le voy a dar gusto”, “le voy a echar a perder sus nuevos planes de vida”, “no se va a salir con la suya” y hasta para que vea que “conmigo no puede”.

Habrá quien diga que con esta resolución se atenta contra la institución familia, lo cual resulta falso; ya que no hay nada más dañino para la familia y los hijos que ver a los padres peleando a diario. Al final de cuentas las relaciones de pareja y proyectos de familia se construyen o se destruyen día con día y en ese acontecer tenemos miles de divorcios psicológicos que por lo absurdo de la Legislación siguen atando familias.

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